Removerán 70 embarcaciones abandonadas de las costas de Puerto Rico

Se trata de un programa del Departamento de Recursos Naturales que busca minimizar el impacto que tienen lanchas, yolas y botes en abandono en los ecosistemas marinos.

El Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) anunció la puesta en vigor de un “agresivo programa” para la remoción de embarcaciones abandonadas en las costas de Puerto Rico, el cual busca reducir el impacto que estas tienen en los ecosistemas marinos alrededor de nuestro archipiélago.  

Al momento, ya se han removido cuatro embarcaciones y el DRNA tiene identificadas otras 70 para su retiro en los próximos meses. Algunas están flotando, mientras que otras están hundidas.  

“Lo que estamos buscando con este nuevo programa es fomentar la remoción de las embarcaciones en desuso y abandonadas, incluyendo las que se encuentran parcial o totalmente hundidas, en una etapa temprana para así minimizar el impacto que tienen sobre los ecosistemas. Para ello necesitamos identificarlas rápido en el proceso, por eso ofrecimos el taller de capacitación (el martes)”.

Waldemar Quiles, secretario designado de Recursos Naturales 

Orientan al personal para cumplir con la ley  

El DRNA informó que esta iniciativa forma parte del cumplimiento de la Ley 35 de 2024, la Ley de Navegación y Seguridad Acuática de Puerto Rico, la cual define lo que es una embarcación abandonada y establece una serie de características para la remoción de las embarcaciones.  

🛥️ ¿Cómo se define una embarcación abandonada?

La Ley 35-2024 define una nave abandonada como una “embarcación o vehículo de navegación que ha sido dejado, renunciado o entregado por su dueño, sin la intención de reanudar cualquier interés o derecho en este”. Puede estar en buen estado, deteriorado o destruido.

Como parte de esta ley, se ofrecieron cursos a los empleados de la agencia para que aprendan a identificar las embarcaciones abandonadas. El taller estuvo a cargo de la bióloga marina y coordinadora del Programa de Especiales Protegidas, la doctora Nilda Jiménez, y contó con la presencia de miembros de las Unidades Marítimas del Cuerpo de Vigilantes del DRNA, entre otros.  

Se considera una embarcación abandonada si cumple con uno de los siguientes requisitos:  

  • Marbete expirado por seis meses o más 
  • No tiene forma de ser identificado  
  • Su dueño no puede ser localizado mediante las bases de datos del gobierno  
  • Representa un riesgo para la salud pública o los ecosistemas  
  • Se encuentra en una condición de deterioro notablemente avanzado como chatarra, sustancialmente dañado o desmantelado  

📍 ¿Cuáles son los municipios con más embarcaciones abandonadas?

  • Aguadilla
  • Fajardo
  • Isabela
  • Lajas
  • Salinas
  • Vieques

¿Cuáles son los pasos a seguir para remover una embarcación?

Luego de que el DRNA identifica una embarcación aparentemente abandonada en algún puerto o muelle público o privado dentro de las aguas de Puerto Rico, debe seguir los siguientes pasos, según la Ley 35-2024:

  1. Comunicarse con el propietario: en caso de que exista uno, se comunicarán con este en la última dirección registrada. Se le informará que se procede a la remoción en los próximos 30 días.  
  1. Aviso público en periódico o en redes del DRNA: se le informará al propietario mediante un anuncio que su embarcación será removida en 30 días. 
  1. Colocar anuncio en la embarcación: se informa que se ha identificado como abandonada y que será removida en 30 días.  

Si el propietario aparece y se comunica con el DRNA, deberá hacerse cargo de la embarcación y costos de la remoción, así como posibles multas.

🚨 El dato: Se puede dar una remoción inmediata en caso de que la embarcación abandonada bloquee los canales de navegación o represente un riesgo inminente para la salud de las personas o ecosistemas.

Si no aparece un propietario en un plazo de 60 días tras el aviso emitido en el periódico, el DRNA podrá incautar la embarcación, removerla y venderla en subasta pública o disponer de ella. En caso de que no pueda recuperar el dinero invertido para remover y disponer de la embarcación, el DRNA podrá instar una acción de cobro por el remanente de la deuda contra el último titular registrado en la base de datos gubernamental.

Un problema los botes abandonados

Las embarcaciones abandonadas son un grave problema en las costas de Puerto Rico, sobre todo tras el paso de los huracanes Irma y María, que provocaron daños en miles de estos vehículos.

El año pasado, la coordinadora del Programa de Especies Protegidas del DRNA, la bióloga Nilda Jiménez, estimó en un centenar la cantidad de embarcaciones abandonadas cada año en las aguas de nuestro archipiélago. No solo se trata de embarcaciones en navíos recreativos, sino que hay yolas y lanchas abandonadas que fueron utilizadas para actos ilegales, como el trasiego de drogas o tráfico humano.

En ese momento, Jiménez dijo que no había fondos asignados para la remoción de estas embarcaciones, pero posteriormente se aprobó la Ley 35-2024, en la que se establece que se puede cobrar a los propios dueños por los gastos incurridos para estos procesos.