Coamo, Puerto Rico

De estorbos públicos a vivienda asequible: la labor de los municipios

¿Qué está sucediendo? Ante la necesidad de vivienda en Puerto Rico, los municipios han encontrado una alternativa para desarrollar vivienda asequible mediante la identificación y manejo de estorbos públicos.  

  • Dos casos específicos. En Ponce, una nueva ordenanza municipal impulsa la expropiación de estorbos públicos para venderlos al precio nominal de $1, con el propósito de desarrollar vivienda para personas de ingresos bajos y moderados. Mientras tanto, en Coamo se impulsa la vivienda asequible con la venta de los estorbos a precios bajos o en descuento.  

¿Por qué es importante? La revitalización de propiedades declaradas estorbos públicos ayuda a enfrentar la falta de vivienda asequible y los problemas asociados con el abandono de estructuras, que representan peligros a la salud pública, ambiental y económica de los municipios.

Ganancias para municipios. El proceso podría representar nuevos ingresos para los municipios, dijo a Platea el alcalde de Coamo, Juan Carlos García Padilla. “Es para que el municipio pueda autosustentarse y, a la misma vez, proveer un espacio asequible para que jóvenes puertorriqueños puedan construir o desarrollar un hogar”, sostuvo.  

  • Se estima que hay más de 300,000 estorbos públicos en Puerto Rico, según García Padilla. En Coamo hay sobre 400, mientras que, en Ponce, hay más de 350.  

“(Un estorbo público) incide contra la salud ambiental y económica, incide contra el vandalismo, la depreciación de la comunidad. Eso incide contra el valor de las propiedades de los vecinos, sobre muchas cosas”.

Juan Carlos García Padilla, alcalde de Coamo  

¿Qué es un estorbo público y cómo se identifica?  

El Código Municipal (Ley 120-2020) define un estorbo público como “cualquier estructura abandonada o solar abandonado, yermo o baldío que es inadecuada para ser habitada o utilizada por seres humanos, por estar en condiciones de ruina, falta de reparación, defectos de construcción, o que es perjudicial a la salud o seguridad del público”.  

Cualifican como estorbos públicos las propiedades que:  

  • Tengan defectos de estructura que aumenten la posibilidad de incendios o accidentes;  
  • No tengan buena ventilación o facilidades sanitarias;  
  • No tengan luz ni agua;  
  • Tengan falta de limpieza.  

Cambios en la ley en 2024

Muchos municipios se han movido más rápidamente a la declaración de estorbos públicos y expropiación forzada tras los cambios al Código Municipal impulsados por la Ley 114 de 2024. Esta redujo los tiempos y complejidades en el proceso de declaración de estorbo público y alivió la carga financiera que esto representaba para los municipios.  

Cada municipio puede aprobar una ordenanza municipal con su política pública, la cual establece cuáles son las áreas de necesidad y cómo se van a atender.

Proceso para la identificación y expropiación de estorbos públicos

Proceso para la identificación y expropiación de estorbos públicos

Según el Código Municipal de Puerto Rico (Ley 107-2020)

1
🔍 Se realiza un estudio o inspección para determinar si es un posible estorbo público.

Si un inmueble está deshabilitado y abandonado, el municipio puede incursionar para la inspección.

2
📝 Se notifica al propietario en persona o por correo certificado.

Puede identificarse por el Registro de la Propiedad o el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM).

Si se desconoce el paradero o la propiedad no está inscrita, se notifica como «persona desconocida» en un periódico de circulación general. Hay municipios que también notifican en su página web.

3
⚖️ El propietario tiene derecho a vista ante un oficial examinador.

El propietario, poseedor o persona con interés tiene 30 días desde la fecha de notificación para oponerse a que se declare un estorbo público y solicitar una vista. Las propiedades que no son reclamadas, se declaran automáticamente estorbos públicos.

4
📄 Notificación de determinación: ¿es estorbo o no?

Basándose en la evidencia presentada, el oficial examinador determina en la vista si la propiedad es un estorbo público o no, y se lo informa a las partes interesadas. En este punto, hay tres posibles resultados:

No se declara estorbo público;
La persona y el municipio llegan a un acuerdo para no declararla estorbo público;
Se hace la declaración de estorbo. En los primeros dos casos, el proceso termina aquí. En el tercero, sigue en el punto 5.
5
⏰ Orden de demolición y limpieza del estorbo público.

Si la determinación es que la propiedad es un estorbo público, el municipio emite una orden al propietario, poseedor o persona con interés para establecer un plan de rehabilitación (demoler, limpiar, rehabilitar) el estorbo público y tiene de 30 a 90 días para ese proceso, con posibilidad de prórroga.

Si incumple, el municipio advierte de acciones (como multas) y posible expropiación.

6
👷 Si se incumple la orden de demolición, el municipio puede actuar sobre el estorbo.

Si se incumple con la orden de demolición y limpieza en el plazo establecido, el municipio puede demoler, reparar, limpiar o rehabilitar la propiedad.

Los gastos constituirán un gravamen preferente que se anotará en el Registro de la Propiedad.

7
🧑‍⚖️ Se posibilita la adquisición del estorbo por expropiación forzosa en el municipio.

Si se cumplen los requisitos de ley, los municipios pueden adquirir por expropiación forzosa toda propiedad declarada estorbo público. Debe tener un interés social, como reparar para vivienda o desarrollo económico.

Proceso de expropiación:

Se hace la declaración de utilidad pública y la necesidad de adquirir la propiedad.
Se intenta adquirir la propiedad por una compraventa voluntaria, pero si no hay acuerdo, se procede con la expropiación judicial.
El municipio presenta una demanda de expropiación ante el Tribunal de Primera Instancia y calcula mediante tasación el costo estimado de la propiedad (justa compensación).
El tribunal dicta la sentencia y se pasa el título de propiedad al municipio. En caso de que aparezca un propietario en un término de hasta tres años, el municipio debe pagarle la justa compensación.

Nota editorial: Esta infografía fue desarrollada por la periodista Cindy Burgos con la ayuda de Claude (para el diseño) y CodexPR.ai (para el resumen de la ley). Fue revisada por una editora.

Caso de Ponce: estorbos públicos por $1 

A mediados de noviembre, en Ponce entra en vigor la Ordenanza Municipal #16, Serie 2025-2026, que atemperó los reglamentos municipales a lo establecido por el Código Municipal sobre los estorbos públicos y determinó que la política pública de la alcaldesa Marlese Sifre será desarrollarlos como vivienda asequible, dijo a Platea el director ejecutivo del Departamento de Vivienda y Desarrollo Socioeconómico del Municipio de Ponce, Job Bonilla Rosa.  

El municipio también creó una nueva Unidad de Estorbos Públicos, adscrita al Departamento de Vivienda municipal, la cual manejará los procesos de identificación, desarrollo y expropiación. De igual forma, creó el Fondo Especial de Expropiaciones, que se nutre de las multas y los recaudos en el proceso y sirve para seguir financiando la limpieza y el desarrollo de vivienda asequible mediante la adquisición de estorbos.  

¿Cuántos estorbos públicos hay en Ponce?

El municipio ha declarado al menos 200 propiedades como estorbos públicos y se encuentra en el proceso de declarar 150 más con la nueva ordenanza, dijo el gerente de la Unidad de Estorbos Públicos, Orlando Negrón. La meta es que en un año (a noviembre de 2026), se puedan desarrollar 150 de ellos en vivienda asequible. Estas se sumarían a las 325 unidades que desarrolla el sector privado en la Perla del Sur.  

Recibimos mensualmente cientos de querellas de los ciudadanos informando de algún solar o propiedad que se considere que está vacío o abandonado”, sostuvo Negrón.  

  • Aunque los funcionarios no tenían cifras exactas de la necesidad de vivienda, indicaron que en Ponce se otorgan aproximadamente 1,800 vouchers del programa federal Sección 8 anuales, y de ellos “tenemos unas 400 o 500 familias que no han encontrado hogar”.  

Requisitos. Para poder adquirir un estorbo público en Ponce para vivienda, los solicitantes deben:  

  • Ser un ciudadano de ingresos bajos y moderados, según lo define el Departamento de la Vivienda federal (HUD).
  • Ser residentes de Ponce.  
  • No tener propiedades a su nombre, pues es para primera vivienda propia.  
  • Demostrar capacidad económica para la construcción de un nuevo hogar, ya sea por recursos propios o financiamiento (comprobable con una precualificación hipotecaria).

“En este caso, si los solicitantes cumplen con esos requisitos, nosotros les otorgamos el estorbo por el valor nominal de $1. De esta manera, se flexibilizan varias cosas: (1) se sale de lo que es el estorbo, (2) se repobla la ciudad y (3) flexibilizamos el costo de construcción, que sabemos que con la inflación está siendo uno de los grandes retos que tienen nuestros ciudadanos para poder desarrollar sus viviendas”, explicó Bonilla Rosa.   

Ayudas económicas adicionales. Quienes soliciten estorbos públicos para vivienda asequible, también podrían ser elegibles para programas municipales para la donación o construcción de viviendas, como el Programa HOME, Ponce Rehabilita, el programa de fondos CDBG (reconstrucción), entre otros.  

¿Cómo orientarte o solicitar un estorbo público para vivienda en Ponce?

  • Llama al 787-840-9200, extensión 5320. 
  • Revisa los periódicos de circulación general, donde se publican las notificaciones de estorbos públicos de cada municipio. 
  • Envía una carta al Municipio de Ponce expresando el interés en el estorbo público anunciado. “Se va a tomar en consideración esa primera persona que solicitó por las fechas de las cartas. Siempre esto empieza con una carta a la alcaldesa solicitando este estorbo público y esa es la manera en que nosotros entonces tenemos documentado que hay un ciudadano interesado”, dijo Bonilla Rosa.

Caso de Coamo: vivienda a precios asequibles 

En el caso de Coamo, el alcalde Juan Carlos García Padilla estimó que hay sobre 400 estorbos públicos. Señaló que su política pública —con los cambios al Código Municipal sobre estorbos públicos— es desarrollar vivienda asequible, pero también espacios urbanos como parques y comercios que impulsen el desarrollo económico.  

“Por la ley, ya hemos aprobado sobre 100 (estorbos públicos) ya”, dijo el ejecutivo municipal, quien destacó que, tras la declaración, inicia el proceso judicial para la expropiación, que puede tardar meses, hasta que, finalmente, se otorgue el título de propiedad al municipio. “La mayoría de los estorbos públicos que hemos reposeído se encuentran en el casco urbano, en la finca municipal 1049”, agregó.  

  • Ganancias. Aunque no tiene cifras exactas de cuánto gana el municipio con las expropiaciones, el funcionario señaló que devengan “unos $250,000 al año en rentas” de diversos proyectos que tienen corriendo.  

Proceso de subasta

Tras declarar un estorbo apto para desarrollo, se anuncia en un periódico y en el sitio web del municipio los detalles de la propiedad o solar y se lleva a cabo una subasta pública para venderlo al mejor postor que cumpla los requisitos. En el caso de que haya un empate, “hacemos una tómbola”.  

El alcalde de Coamo explicó que, en su caso, los solares se venden por el precio de tasación e incluso menos, ya que el propósito es que jóvenes profesionales adquieran su primera vivienda. Las próximas subastas de estorbos públicos se realizarán entre enero y febrero de 2026, adelantó, y la información se publicará en periódico de circulación general y el sitio web del municipio.  

“Tú vas por ahí, te dan un espacio (solar) de $30,000 o $40,000 por 500 metros. Te cuesta en cualquier sitio $20,000, $25,000, $50,000. En el Municipio de Coamo no. Te puede costar $7,000, $5,000, $8,000, $10,000. Y te ayudamos a buscar el financiamiento para que construyas tu casa”, dijo el mandatario.  

  • Destacó que Coamo tiene acuerdos con Popular Mortgage, la Cooperativa Cristóbal Rodríguez Hidalgo y la Cooperativa San Blas para ayudar a financiar las viviendas en los espacios donde un día hubo estorbos públicos.  

Requisitos. El alcalde explicó que, para ser elegible para comprar un estorbo público en Coamo, debes:  

  • Ser residente de Coamo.  
  • Ser un primer comprador y que la propiedad sea para vivienda principal.  
  • No tener propiedades a tu nombre.  
  • Tener una precualificación hipotecaria para confirmar los ingresos y posible financiamiento. Si tienes una donación, llevar evidencia de la procedencia de ese dinero y de que tienes esos fondos.  
  • Límites: La propiedad tendrá un límite de 5 años sin que se pueda alquilar o vender. Otras restricciones podrían aplicar (consultar con el municipio).

García Padilla indicó que, a principios de noviembre, realizaron una orientación sobre cómo evitar una expropiación o adquirir estorbos púbicos y asistieron más de 200 personas.

¿Cómo orientarte o solicitar un estorbo público para vivienda en Coamo?  

  • Llama al 787-825-1150, extensiones 2226, 2230, 2216.  
  • Revisa los avisos en los periódicos de circulación general. 
  • Revisa el sitio web del Municipio de Coamo.  
  • Asiste a la subasta pública con los documentos solicitados al día.  

Otros usos. En caso de que se identifique un estorbo público para uso comercial y otros fines, “no los subastamos”. El municipio “los desarrolla” y luego se puede hacer una solicitud de propuesta (RFP) para quienes interesen administrar la propiedad con el fin que el municipio determine.  

Casos de éxito de estorbos transformados  

  • La égida Plaza Apartments (inaugurada en 2015): tres edificios con 60 apartamentos desarrollados entre el municipio, un inversionista privado y apoyo gubernamental.  
  • Paseo Danzas de Quintón: 8 unidades de vivienda para alquiler y 1 local comercial. Desarrollado entre el municipio y el Instituto para el Desarrollo Socioeconómico y de Vivienda (INDESOVI), una organización sin fines de lucro que impulsa la vivienda asequible.  
  • Los restaurantes La Gota de Rojas y 1579: se realizaron RFPs del municipio. 
  • El Teatro Hollywood: cine administrado por el municipio.