Demolición de un estorbo público en Ponce. (Foto vía Facebook: Ciudad de Ponce)
QUÉ SABER

Cómo comprar un estorbo público en Ponce: requisitos y procesos

Cindy A. Burgos Alvarado

¿Que está pasando? En momentos en que múltiples municipios han optado por subastas públicas o bancos de tierras comunitarias, el Municipio de Ponce ha desarrollado una vía alterna que busca priorizar la vivienda asequible y reducir la inversión municipal para atender los estorbos públicos.

Dos de las modalidades facilitan la adquisición de estorbos por parte de los residentes de Ponce: vivienda asequible y de expropiación forzosa a petición de terceros. La primera permite que el municipio adquiera propiedades y las venda a un precio nominal a familias ponceñas en necesidad de vivienda. La segunda permite solicitar al municipio la intervención en un estorbo público para adquirirlo.

Estos mecanismos son posibles debido a enmiendas al Código Municipal que agilizaron la intervención en los estorbos públicos. 

“Lo que queremos es erradicar (los estorbos públicos), recuperar y al final crear vivienda”, dijo Job Bonilla, director del Departamento Municipal de Vivienda y Desarrollo Socioeconómico de Ponce, en entrevista con Platea sobre la política pública de la alcaldesa Marlese Sifre. 

  • Aun así, el municipio entiende que quedan procesos por acelerar y solicitó nuevos cambios a la ley, entre ellos reducir términos que considera extensos, como el año que puede tener un tribunal para dictar sentencia.

Te contamos cómo funciona cada uno de los procesos y cómo puedes participar, en caso de que te interese comprar una de estas propiedades. 

  • Los procesos se rigen por la Ordenanza Número 16, serie 2025-2026, y el Reglamento para la intervención, adquisición y disposición de estorbos públicos del Municipio Autónomo de Ponce. 

🔢 Cifras de estorbos públicos en Ponce
  • +4,000 propiedades vacantes: incluye abandonadas, vacías o posibles estorbos públicos, según el Censo. Esto NO significa que todas puedan ser estorbos.

  • 23 estorbos públicos declarados oficialmente.  

  • Pronto: Esperan que, a finales de septiembre, se dé la declaración oficial de 53 estorbos públicos adicionales y otros 126 para finales de año. 

  • 850 querellas recibidas de posibles estorbos públicos. “Se convertirían aproximadamente el 60% de ellas en estorbos públicos al final”, estimó Job Bonilla, director del Departamento Municipal de Vivienda.  

Demolición de estorbo público en Ponce
El Municipio de Ponce durante la demolición de una propiedad estorbo público. (Foto vía Facebook: Ciudad de Ponce)
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Modalidad 1: Intervención de emergencia en estorbos públicos

Si hay una propiedad en condiciones detrimentales (dañinas para la salud y bienestar) que requiere acción rápida por situaciones de emergencia —como un incendio, la posibilidad de derrumbe o su uso clandestino para consumo de drogas, entre otros—, esta modalidad permite al municipio intervenir inmediatamente para limpiar o eliminar la condición de estorbo público y luego proseguir con el proceso ordinario de declaración, explicó Bonilla. Es decir, primero se atiende la situación y después se hace la declaración oficial de estorbo público.

A esta modalidad se le conoce como “Procedimiento adjudicativo de acción inmediata (estorbos públicos de emergencia)”, que permite actuar cuando “exista un peligro inminente para la salud, seguridad y bienestar público”. 

Lo que hace es que pone el proceso al revés. En vez de nosotros enviar las cartas y luego declarar y limpiar, nosotros limpiamos, tomamos la acción y luego notificamos de qué efecto se tuvo que tomar esa medida.
Job Bonilla, director del Departamento Municipal de Vivienda y Desarrollo Socioeconómico de Ponce

La cifra. Hasta el 9 de septiembre, el Municipio de Ponce había atendido entre 20-25 propiedades dentro de esta modalidad, dijo Bonilla. En algunos casos, ya existía un proceso de investigación para determinar si se cumplían las condiciones de estorbo. 

Cómo funciona. El director del Departamento Municipal de Vivienda debe presentar una orden o resolución que explique por qué una propiedad cumple las condiciones de estorbo de emergencia. A partir de ahí, “tenemos 72 horas, según el reglamento, para atender la situación”, explicó Bonilla. 

  • Luego de que el municipio tome las medidas correspondientes, se publica en un periódico de circulación general y otro digital la acción tomada y las multas que correspondan. El dueño puede reclamar mediante el proceso de Vista Administrativa, disponible para todas las declaraciones de estorbo público. 

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Modalidad 2: Vivienda asequible

Este es el proceso mediante el cual el Municipio de Ponce lleva a cabo su política pública de convertir en vivienda asequible los estorbos públicos que así lo permitan. 

En este mecanismo, luego de que se hace la declaración de estorbo público, el municipio entra en el proceso de expropiación forzosa para adquirir el título de propiedad del inmueble y, posteriormente, otorgarlo por un precio nominal —Bonilla dijo que sería de $1— a un interesado que “cumple con ser una persona vulnerable”. 

La cifra. Todavía nadie ha recibido una vivienda bajo esta modalidad, pero “de enero al día de hoy (9 de septiembre) hemos orientado a 850 personas. De esas personas, hay 412 cartas de intención”, dijo Bonilla. De estas, 126 podrían declararse en los próximos meses, agregó. 

Cómo funciona. La persona interesada debe escribir una carta a la alcaldesa haciendo la querella de que existe un estorbo público y expresando su interés en adquirirlo, dejando claro que calificaría dentro de los requisitos de vulnerabilidad. La fecha en que se envía dicha carta es fundamental a la hora de adjudicar las propiedades, una vez el municipio adquiere el título de propiedad tras la expropiación. 

  • El municipio investiga si la persona cumple con los requisitos de vulnerabilidad. 

  • El municipio inicia el proceso de declaración de estorbo público y, posteriormente, lleva el caso al tribunal para solicitar la expropiación o la adjudicación del título de propiedad. 

  • Tras recibir el título de propiedad, el municipio evalúa quiénes estaban interesados y determina a quién le corresponde recibir dicha propiedad por el precio nominal de $1. 

Qué tiene de particular esta modalidad. El municipio logró un acuerdo con la Autoridad de Financiamiento e Inversión Ponceña (AFIP) para otorgar préstamos a quienes, dentro de esta modalidad, no puedan recibir financiamiento por parte de otras instituciones hipotecarias, explicó Bonilla. 

  • La idea es que la AFIP otorgue préstamos a las personas calificadas por el valor de tasación de la propiedad, “para que a base de ese valor él pueda hacer (o reconstruir) su casa” en lo que era un estorbo público. 

  • Esto surge porque “el mayor reto que tenemos ahora mismo es que muchas familias que me cualifican bajo vulnerable no necesariamente tienen el financiamiento de los bancos porque estas propiedades o son ruinas o son de madera o el banco no las asegura”, dijo Bonilla. 

Quiénes cualifican. Las personas deben cualificarse para saber si cumplen con los parámetros de “población vulnerable”, que incluye: 

  • Residencia. Ser residente de Ponce. 

  • Ingresos. Calificar dentro de los ingresos bajos o moderados, según lo establece el Departamento de Vivienda federal (HUD). En el caso de Ponce, una persona debe tener ingresos de $41,450 para calificar, o $47,400 si es un hogar de dos, o hasta $78,150 en un hogar de ocho personas. 

  • Capacidad económica. Demostrar que tiene el capital o la capacidad para reconstruir la vivienda. Recordemos que podría recibir un préstamo de AFIP. 

  • Necesidad. Demostrar necesidad de vivienda. Situaciones particulares, como la pérdida de una casa por un fenómeno atmosférico o un incendio podrían dar prioridad al solicitante. 

  • Que sea su primer hogar y propiedad. 

👫 Prioridades de Ponce en poblaciones vulnerables
  1. 👴🏾 Población envejeciente: Personas de +62 años sin vivienda propia, con ingresos fijos limitados y sin red familiar de apoyo. 

  2. 🧑🏻‍🦼‍➡️ Personas con diversidad funcional: Personas con una discapacidad que requieran accesibilidad específica en una vivienda. 

  3. 🧑‍🧒‍🧒 Familias con menores: Familias monoparentales o biparentales con hijos menores de 18 años sin vivienda propia y con ingresos bajos o moderados. 

  4. 🏡 Jóvenes con primer hogar (18-35 años): Personas en ese rango de edad que quieran adquirir su primera vivienda y no tengan historial crediticio o acceso a financiamiento convencional. 

  5. 🧑‍🧑‍🧒 Familias de bajos recursos (VLI): Familias que destinan +30% de su ingreso a una hipoteca.

Condiciones del traspaso a $1. Tras cualificar como población vulnerable y recibir el título de propiedad, la persona tendrá un año para eliminar la condición de estorbo público (limpiar, demoler, etc.) y haber comenzado la construcción de su vivienda

  • Luego, el título de propiedad está condicionado a que la persona resida la propiedad por un mínimo de 10 años como residencia principal, antes de poder arrendarla, venderla o darle otro uso. “Tiene una escritura con condiciones restrictivas”, dijo Bonilla. 

Qué pasa si incumple. La persona se expone a que se le quite la titularidad. 

Diferencia entre modalidad 2 y 3: “El proceso va a seguir siendo el mismo. La única diferencia es que esa persona no va a consignar el dinero (en la modalidad 2) lo consigna el municipio. No lo hace él. Es la única diferencia y que tiene la oportunidad de solicitarle a la AFIP el financiamiento para un préstamo para la remodelación de la casa pero el proceso es igual”, dijo Bonilla.  

✍️ Información sobre estorbos públicos en Ponce
  • 🧑🏻‍🏫 Para orientación: Se ofrecen en la Unidad de Estorbos Públicos, adscrita al Departamento Municipal de Vivienda y Desarrollo Socioeconómico. Puede visitar o llamar al 787-840-9200, extensión 5229. 

    • 📍La oficina está ubicada en la Plazoleta Las Américas, Suite 102, 2105 Boulevard Luis A. Ferré, Ponce.

  • ✍️ Se hacen dos orientaciones al mes. Se contacta a las personas que llamaron solicitando información o a quienes enviaron cartas mostrando interés de adquirir un estorbo. 

  • 📝 A dónde se envían las cartas: Puedes enviar la carta de intención (tanto modalidad 2 como 3) al Departamento Municipal de Vivienda y Desarrollo Socioeconómico o a la Casa Alcaldía de Ponce. 

Modalidad 3: Expropiación forzosa a favor de terceros o a petición de parte interesada 

Este es un proceso que establece el Código Municipal para todos los municipios y permite que un tercero le pida al ayuntamiento que declare un estorbo público y que lo considere como una parte interesada para adquirirlo tras un proceso de expropiación forzosa. En Ponce se le conoce como “expropiación forzosa a petición de parte interesada”. 

Cómo funciona. La persona interesada debe escribir una carta a la alcaldesa haciendo la querella de que existe un estorbo público y expresando su interés en adquirirlo.

  • Tras el proceso de declaración de estorbo público, el caso se llevaría al tribunal y, en este caso, la parte interesada deberá pagar “el valor de tasación más el 10% de los gastos administrativos”, que incluyen tasador, asuntos legales, agrimensura, entre otros, ante el tribunal, explicó Bonilla. 

  • El tribunal evalúa el caso y tiene un año para dictar sentencia. “Una vez el tribunal dicta sentencia, se prepara la escritura y ya se acabó”, dijo el funcionario. 

No hay límites para peticionarios. Los interesados en adquirir un estorbo bajo esta modalidad no tienen que ser ponceños ni residir en Ponce. Tampoco tienen que cumplir con requisitos de ingresos, más allá de ser capaces de pagar ellos mismos por el proceso.

Condiciones. En este caso, la persona también tiene un año para sacar a la propiedad de la condición de estorbo público (limpieza, demolición, etc.). 

  • Libertad de uso. Contrario a la modalidad 2, en esta modalidad la persona —como puso el dinero para adquirir el estorbo— tiene libertad de determinar qué hacer con la propiedad. Bonilla dijo que hay personas que interesan darle un uso de vivienda, pero también hay para uso comercial, parking, entre otros.

Qué pasa si incumple. “El tribunal revoca la sentencia”, dijo Bonilla. Es decir, le quitarían el título de propiedad, el inmueble vuelve a ser un estorbo público y se reinicia el proceso. La persona perdería el dinero invertido. 

Estorbos en Ponce: quién los identifica y posibles enmiendas

La identificación de estorbos públicos en Ponce se da por varias vías, explicó Bonilla. Puede darse el caso de que sean ciudadanos solicitando intervención o interés en un estorbo público, pero también hay algunos que los empleados municipales identifican. 

  • Otros estaban en la lista de estorbos públicos de pasadas administraciones, pero se están volviendo a investigar e identificar para que sigan el proceso de ley más reciente. 

A dónde van las ganancias. El dinero que se genera dentro de los estorbos públicos va principalmente a la Unidad de Estorbos Públicos, así como a la creación de programas de acceso a la vivienda, el fondo general municipal y gastos legales.

Posibles enmiendas al proceso. Bonilla adelantó que han solicitado enmiendas a la Comisión de Vivienda del Senado dentro del Código Municipal para que se revisen y se reduzcan los términos para declarar un estorbo público, que podría tardar entre 90 y 100 días en la actualidad. De igual forma, podría revisarse el término de un año que tienen los tribunales para dictar sentencia. 

  • También habló de  la posibilidad de que se solicite a la Administración de Tribunales que establezca salas especializadas para los casos de estorbos públicos. 

¿Habrá subastas de estorbos públicos en Ponce? “Al momento, no lo tenemos contemplado”, dijo Bonilla. “Por el momento, como tenemos gente interesada que tiene el capital para poder adquirirlo por tasación, pues lo estamos llevando de esa manera”, agregó.