
Todo lo que debes saber de la Ley 102, que reconoce licencias universales
Puerto Rico se suma a otras 20 jurisdicciones en Estados Unidos que buscan reconocer las licencias de varias profesiones. Te contamos qué dice la ley y qué ocupaciones involucra.
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Puerto Rico cuenta con una nueva ley que reconoce las licencias ocupacionales, profesionales y certificaciones emitidos en otras jurisdicciones de Estados Unidos. Esto permitiría atraer profesionales de diversos campos a ejercer en el archipiélago, siempre y cuando soliciten que se valide su licencia en una Junta Reglamentadora local.
Se trata de la Ley 102-2025, la Ley de Reconocimiento Universal de Licencias Ocupacionales, que ha sido recibida con agrado por ciertos sectores, como en áreas de la salud en las que hay escasez de expertos, pero ha recibido críticas de otros, en especial, de algunas organizaciones profesionales que alegan que podría darse un desplazamiento de profesionales puertorriqueños. Además, critican que el proyecto se aprobara sin vistas públicas.
Te explicamos qué dice la ley, cómo fue aprobada en la Legislatura y cuáles son los comentarios a favor y en contra.
⚖️ Resumen de la Ley 102-2025
Título: Ley de Reconocimiento Universal de Licencias Ocupacionales
Trámite legislativo:
- 2 de enero: Se presenta el Proyecto del Senado 6.
- 10 de mayo: La Comisión de Gobierno presenta un informe positivo sobre la medida basado en cinco ponencias, pero sin vistas públicas ni ejecutivas. Las ponencias eran del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC), el Instituto de Libertad Económica, Institute for Justice, West Virginia University y la nutricionista Neda Mowzoun. La medida se aprobó el mismo día (10 de mayo) en el Senado con 23 votos a favor, dos en contra (de senadores del PIP) y tres ausentes.
- 23 de mayo: En la Cámara, la Comisión de Trabajo y Asuntos Laborales realizó una reunión ejecutiva (a puerta cerrada) y el mismo día presentó un informe positivo casi idéntico al del Senado y basado en las mismas cinco ponencias.
- 24 de junio: En el penúltimo día para aprobar medidas en la sesión, la Cámara aprueba el P. del S. 6 con 50 votos a favor y tres en contra (de representantes del PIP).
- 1 de agosto: La gobernadora lo convirtió en la Ley 102-2025.
Autores: El presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz, es el autor de la medida y aparecen como coautores los senadores Joanne Rodríguez Veve, Migdalia Padilla, Ángel Toledo López, Jamie Barlucea y Gregorio Matías.
Propósito principal: “Facilitar la movilidad laboral, el desarrollo económico y la calidad de los servicios ocupacionales y profesionales en la isla”, dice la propia ley. Esto mediante el reconocimiento de licencias y certificaciones expedidas en otras jurisdicciones de Estados Unidos, algo que han hecho 20 estados de Estados Unidos, según la legislación y de acuerdo con el Institute for Justice, una entidad sin fines de lucro libertaria que aboga, entre otras cosas, por el reconocimiento de licencias universales.
Proceso legislativo
¿Cómo se hacen las leyes?
- El proyecto puede ser presentado por el Ejecutivo, Legislador o Por Petición.
- Se le asigna un número y se refiere a comisión.
- Tipos de medidas: Proyectos, Resoluciones, Resoluciones Conjuntas, Resoluciones Concurrentes.
- Aparece en Primera Lectura.
✔️ Puntos más importantes:
- Reconocimiento de licencias de otros estados de Estados Unidos
Puerto Rico otorgará licencias ocupacionales o profesionales a personas que ya posean esas licencias o certificaciones gubernamentales vigentes y válidas en otros estados de EE. UU. para ocupar y ejercer profesiones u ocupaciones similares en el archipiélago.
Restricciones:
- No aplica a la abogacía.
- Además, el gobierno puede restringir el ingreso de profesionales demostrando “una necesidad apremiante de proteger los intereses del público”.
- Requisitos para obtener el reconocimiento de otra licencia ocupacional, profesional o certificado gubernamental
Una Junta local emitirá una licencia ocupacional, profesional o certificación gubernamental a una persona interesada basándose en estos requisitos:
- La persona posee una licencia vigente y válida en otro estado.
- Debe haber ejercido bajo esa licencia al menos 1 año y practicado 3 años consecutivos dicha profesión antes de solicitar en Puerto Rico.
- La licencia no debe haber sido revocada, ni debe haber investigaciones o sanciones pendientes.
- Una Junta en otro estado requirió un examen similar a los requisitos educativos de Puerto Rico y mantiene a la persona interesada en cumplimiento (“Good Standing”).
- La persona no tiene antecedentes penales ni historial de querellas, negligencia o mala conducta.
- El solicitante debe pagar los costos administrativos ($100 por solicitud) y cualquier otro gasto que aplique.
- También debe cumplir con cualquier obligación de colegiación que exista bajo las leyes de Puerto Rico.
- El solicitante se expone a una multa de $500 de parte de la Junta local, si ofrece información falsa en el proceso.
- Licencias provisionales
En el caso de las certificaciones gubernamentales emitidas en otros estados, si en Puerto Rico se requiere una licencia ocupacional o profesional para ejercer esa profesión, la Junta local “expedirá inmediatamente, con la radicación de la solicitud, una licencia provisional” mientras la persona cumple con los requisitos de licenciamiento.
- Podría reconocerse la experiencia laboral para otorgar licencias locales
Una Junta local podría emitir una licencia profesional, ocupacional o certificación a personas que cumplan con los siguientes requisitos:
- Ejercía en un estado donde no se requería licencia, pero la profesión tiene prácticas similares a las de Puerto Rico, según determine la Junta local.
- La persona interesada trabajó durante al menos 3 años consecutivos antes de solicitar ejercer en Puerto Rico.
- También debe cumplir el resto de los requisitos antes descritos.
- La Junta local tiene 30 días para decidir o se emite licencia provisional automática
La junta local tiene 30 días para evaluar la solicitud e informar por escrito si la aprueba o deniega. Si no lo hace en ese periodo, se emite automáticamente una licencia provisional, lo cual permite que el solicitante pueda ejercer. La Junta local tendrá otros 30 días para evaluar la solicitud y decidir si expide la licencia oficial o la deniega. En caso de que se deniegue, se revoca la licencia provisional.
- Reclamos por denegaciones
Si se deniega una solicitud, el solicitante puede recurrir en revisión a la Junta local conforme al procedimiento administrativo uniforme (Ley 38-2017).
- Licencia solo es válida en Puerto Rico
Los solicitantes deben cumplir las leyes locales y la licencia que reciban solo es válida en esta jurisdicción.
Sin embargo, esto no limita que el gobierno de Puerto Rico pueda hacer pactos con otras jurisdicciones para emitir licencias.
- Aplicación en situaciones de emergencia
La gobernadora puede ordenar el reconocimiento provisional de licencias de otros estados o países durante una emergencia declarada en Puerto Rico.
- 180 días para revisar licencias y poner en vigor la ley
Luego de aprobada esta ley, el Departamento de Estado y las Juntas Reglamentadoras tienen 180 días para emitir o ajustar los reglamentos necesarios relacionados con las licencias.

🔎 ¿Qué profesiones y ocupaciones caerían bajo esta ley?
Según una lista del Instituto de Libertad Económica —una de las entidades que apoyó el proyecto de ley—, en Puerto Rico hay al menos 131 profesiones que requieren licencias ocupacionales, entre ellas:
- Agentes de viajes
- Agentes de seguros
- Agentes inmobiliarios
- Arquitectos y arquitectos paisajistas
- Audiólogos
- Barberos
- Contadores públicos
- Contratistas
- Cosmetólogos
- Dentistas
- Diseñadores de interiores
- Electricistas y técnicos electricistas
- Enfermeros
- Farmacéuticos
- Guías turísticos
- Intérpretes de lenguaje de señas
- Mecánicos
- Médicos cirujanos
- Nutricionistas
- Operadores de vehículos
- Optómetras
- Originadores de préstamos hipotecarios
- Paramédicos
- Patólogos del habla
- Planificadores
- Plomeros
- Podiatras
- Psicólogos
- Relacionistas públicos
- Terapistas, terapistas físicos y terapistas ocupacionales
- Trabajadores de casinos
- Trabajadores sociales
- Veterinarios y técnicos veterinarios
Exclusiones: Esta ley no aplica a abogados.
📝 La ley será enmendada
Aunque se aprobó recientemente, la gobernadora anticipó que presentará un proyecto de administración para enmendar esta Ley 102-2025 para hacer cambios relacionados al sector de bienes raíces, que haya un reglamento para cada Junta y que se sumen programas de divulgación y métricas para monitorear el impacto.
También podría haber pactos interestatales para la emisión de licencias, dijo la mandataria.
✅ Expresiones a favor de la ley
Entre las expresiones a favor de esta ley, destaca un post del Senado en Instagram, en el que dicen que, con estos cambios, habrá "más profesionales disponibles”, “mayor acceso a servicios esenciales” y el “retorno de puertorriqueños que ahora pueden ejercer aquí”.
Estas son otras expresiones a favor:
Jenniffer González, gobernadora: “Creo que la medida es buena porque, en un momento donde tenemos falta de personal que nos ayuda en distintas áreas técnicas, vas a permitir que otras jurisdicciones que ya han aprobado otro tipo de legislación —me parece que son 28 estados que tienen legislación similar a esto— nos permita que los nuestros también vayan y presten servicio allá”.
Thomas Rivera Schatz, presidente del Senado y autor de la medida: “Con la Ley 102-2025, Puerto Rico se convierte en la jurisdicción #28 en Estados Unidos que ya reconocen licencias profesionales de manera universal”.
❌ Críticas contra la ley
La mayoría de las críticas vienen de gremios que agrupan a profesiones licenciadas y reguladas en Puerto Rico, quienes no fueron consultados durante la discusión de la ley. Estas son algunas críticas:
Irma Colón, presidenta de la Asociación de Realtors de Puerto Rico, expresó: “(Esta ley) básicamente desmantelará lo que es la estructura de licenciamiento profesional vigente porque esta ley actual no provee ni siquiera un acuerdo tan amplio de reciprocidad... Representa una competencia desleal a los profesionales de la industria”.
Alexandra Betancourt, presidenta del Colegio de Arquitectos y Arquitectos Paisajistas de Puerto Rico (CAAPPR), sostuvo: “El CAAPPR reitera su profunda oposición al Proyecto del Senado 6, ahora convertido en ley, por los riesgos que representa para la calidad, integridad y seguridad de nuestras profesiones y de la ciudadanía puertorriqueña. Esta ley impone un modelo de licenciamiento automático que puede evadir el debido proceso de evaluación de credenciales por parte de nuestras Juntas Examinadoras”.
Frances Berríos, presidenta del Colegio de Peritos Electricistas, señaló: “Mi preocupación ahora mismo es que no están trabajando para que acepten mi licencia en otro estado, sino que están trabajando para que 50 estados vengan en contra de uno. Eso quiere decir que me van a desplazar”.
Foto collage de portada: FujiCraft, Tetra Images y Fotografía de eLuVe, todas de Getty Images.